Los estudiantes que interrumpieron sus estudios por un periodo máximo de tres (03) años consecutivos o alternos, tendrán el derecho de reincorporarse; y los que excedieron a los tres (03) años académicos pierden el derecho de su reincorporación.
Los estudiantes que no excedan los tres (03) años de interrupción de estudios, solicitarán su reincorporación al decano de su Facultad y de ser necesario se someterán al proceso de convalidación de los cursos por competencias, módulos o proyectos formativos para su ubicación de año de estudios, tomando en cuenta el plan de estudios y la tabla oficial de convalidación, en forma secuencial hasta adecuarse al plan de estudios vigente. El estudiante debe pagar por derecho de reincorporación por cada año dejado de estudiar.
El estudiante debe solicitar su reincorporación según los plazos establecidos en el calendario académico.
El estudiante que interrumpió sus estudios hasta tres (03) años académicos y tengan hasta tres (03) cursos por competencias o un (01) módulo o proyecto formativo pendientes de aprobar para egresar, podrá llevar bajo la modalidad de dirigido o podrá subsanar cuando tenga hasta dos (02) cursos desaprobados con nota mínima de siete (07) a más. Si el estudiante no realizó su pago por derecho de matrícula en las fechas correspondiente al calendario académico, solicitará al decano de la Facultad su matrícula especial; estando vigente o no su plan de estudios, solicitará su reincorporación y matrícula especial.
REGLAMENTO DE ESTUDIOS (Pag.46)
Los estudiantes que interrumpieron sus estudios por un periodo máximo de tres (03) años consecutivos o alternos, tendrán el derecho de reincorporarse; y los que excedieron a los tres (03) años académicos pierden el derecho de su reincorporación.
Los estudiantes que no excedan los tres (03) años de interrupción de estudios, solicitarán su reincorporación al decano de su Facultad y de ser necesario se someterán al proceso de convalidación de los cursos por competencias, módulos o proyectos formativos para su ubicación de año de estudios, tomando en cuenta el plan de estudios y la tabla oficial de convalidación, en forma secuencial hasta adecuarse al plan de estudios vigente. El estudiante debe pagar por derecho de reincorporación por cada año dejado de estudiar.
El estudiante debe solicitar su reincorporación según los plazos establecidos en el calendario académico.
El estudiante que interrumpió sus estudios hasta tres (03) años académicos y tengan hasta tres (03) cursos por competencias o un (01) módulo o proyecto formativo pendientes de aprobar para egresar, podrá llevar bajo la modalidad de dirigido o podrá subsanar cuando tenga hasta dos (02) cursos desaprobados con nota mínima de siete (07) a más. Si el estudiante no realizó su pago por derecho de matrícula en las fechas correspondiente al calendario académico, solicitará al decano de la Facultad su matrícula especial; estando vigente o no su plan de estudios, solicitará su reincorporación y matrícula especial.