1. Definición o descripción

Un riesgo que afecta la integridad pública es la posibilidad de que un determinado comportamiento transgreda, por acción u omisión, el respeto de los principios, deberes y normas relacionadas al ejercicio de la función pública, así como los valores de la organización, y configure una práctica contraria a la ética. Considerando los tipos de prácticas que afectan la integridad pública, se distinguen tres tipos de riesgos:

a. Riesgo de corrupción

Posibilidad de que ocurra un comportamiento, por acción u omisión, derivado del mal uso de la función o poder público, para obtener o perseguir la obtención de una ventaja o beneficio irregular, lo cual configura un delito. En caso de materializarse el riesgo, tendría como consecuencia la comisión de un delito contra la administración pública, sin perjuicio de posibles implicancias en el ámbito civil y/o administrativo.

b. Riesgo de inconducta funcional

Posibilidad de que ocurra un comportamiento, por acción u omisión, que implica el incumplimiento de funciones y que contraviene el ordenamiento jurídico administrativo y las normas internas de la entidad. En caso de materializarse el riesgo, tendría como consecuencia la comisión de una infracción administrativa, sin perjuicio de posibles implicancias en el ámbito civil y/o penal.

c. Riesgo de práctica cuestionable

Posibilidad de que ocurra un comportamiento, por acción u omisión, que transgreda los principios éticos y los valores de la organización. En caso de materializarse el riesgo, no llegaría a ser sancionable en el ámbito administrativo.

2. Normativa

Riesgos que afectan la integridad

1. Definición o descripción

Un riesgo que afecta la integridad pública es la posibilidad de que un determinado comportamiento transgreda, por acción u omisión, el respeto de los principios, deberes y normas relacionadas al ejercicio de la función pública, así como los valores de la organización, y configure una práctica contraria a la ética. Considerando los tipos de prácticas que afectan la integridad pública, se distinguen tres tipos de riesgos:

a. Riesgo de corrupción

Posibilidad de que ocurra un comportamiento, por acción u omisión, derivado del mal uso de la función o poder público, para obtener o perseguir la obtención de una ventaja o beneficio irregular, lo cual configura un delito. En caso de materializarse el riesgo, tendría como consecuencia la comisión de un delito contra la administración pública, sin perjuicio de posibles implicancias en el ámbito civil y/o administrativo.

b. Riesgo de inconducta funcional

Posibilidad de que ocurra un comportamiento, por acción u omisión, que implica el incumplimiento de funciones y que contraviene el ordenamiento jurídico administrativo y las normas internas de la entidad. En caso de materializarse el riesgo, tendría como consecuencia la comisión de una infracción administrativa, sin perjuicio de posibles implicancias en el ámbito civil y/o penal.

c. Riesgo de práctica cuestionable

Posibilidad de que ocurra un comportamiento, por acción u omisión, que transgreda los principios éticos y los valores de la organización. En caso de materializarse el riesgo, no llegaría a ser sancionable en el ámbito administrativo.

2. Normativa

Riesgos que afectan la integridad