Este componente se orienta a garantizar el cumplimiento de la publicación de información en el Portal de Transparencia Estándar (PTE), así como a asegurar el acceso oportuno y adecuado a la información pública. Del mismo modo, contribuye a la consolidación del modelo de Gobierno Abierto, promoviendo la participación y colaboración ciudadana en la toma de decisiones y legitimando la gestión de los recursos públicos mediante un uso transparente, eficiente y responsable.
a. Portal de transparencia estandar
Datos generales Información sobre el directorio de los funcionarios públicos, las leyes, reglamentos y demás disposiciones legales que rigen y emiten las entidades.
Planeamiento y organización Información sobre los instrumentos de gestión, planes y políticas, que regulan las actividades de la entidad.
Presupuesto Información sobre ingresos y gastos de las entidades.
Proyectos de Inversión e Infobras Información sobre los proyectos de inversión y obras públicas de la entidad, así como su ejecución.
Participación ciudadana Información sobre los mecanismos y espacios de participación ciudadana establecidos por la entidad, como consejos consultivos, audiencias públicas y buzones de sugerencias.
Personal Información del personal de la entidad, contratado bajo cualquier modalidad, como aquella relacionada a las remuneraciones, las Declaraciones Juradas de ingresos, bienes y rentas, y la Declaración Jurada de intereses.
Contratación de bienes y servicios Información sobre las compras estatales, como pasajes y viáticos, uso de vehículos, publicidad, entre otros.
Actividades oficiales Información sobre la agenda institucional del titular de la entidad y de la Alta Dirección, así como comunicados, informes oficiales o notas de prensa.
Acceso a la Información Pública Formato de solicitud de acceso a la información en formato descargable, formulario virtual u otros mecanismos.
Registro de visitas Datos de los visitantes a los funcionarios públicos, tales como día, hora y motivo de visita.
Información focalizada Información especializada que no está comprendida en los otros rubros. Se puede publicar por una obligación legal o como buena práctica.
a) Ley N° 27806 de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 007-2024-JUS.
b) Lineamiento para la Implementación y Actualización del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública, aprobado con Resolución Directoral N.º 11-2021-JUS/DGTAIPD
c) Ley N° 28024, Ley que regula la gestión de intereses en la administración pública, aprobado por Decreto Supremo N° 120-2019-PCM
b. Acceso a la información pública
El acceso a la información pública es el derecho que tiene toda persona a solicitar y recibir información que está en poder del Estado, sin necesidad de expresar motivo o interés particular. Este derecho permite conocer cómo actúan las entidades públicas, en qué gastan los recursos y cómo toman decisiones que afectan a la sociedad.
c. Datos Abiertos
Son datos gubernamentales, en formato digital, estandarizados, comparables, accesibles desde internet que tienen el potencial de ser útiles para crear aplicaciones, realizar investigación, analizar oportunidades de negocio, desarrollar la economía, ejercer el control ciudadano y diseñar política pública, sin comprometer el derecho a la protección de los datos personales de los ciudadanos.
Decreto Legislativo Nº 1412 (Ley de Gobierno Digital): Define el marco general para la gestión de datos y la transformación digital del Estado peruano. (descargar)
Decreto Supremo 029-2021-PCM: Regula el Decreto Legislativo Nº 1412 y establece las disposiciones específicas para la implementación de la Ley de Gobierno Digital, incluyendo los lineamientos para la apertura de datos. (descargar)
Decreto de Urgencia 007-2020: Declara a los datos como activos estratégicos, reconociendo su importancia para el desarrollo del país y la toma de decisiones informadas. (descargar)
d. Registro de visitas en línea
Son datos gubernamentales, en formato digital, estandarizados, comparables, accesibles desde internet que tienen el potencial de ser útiles para crear aplicaciones, realizar investigación, analizar oportunidades de negocio, desarrollar la economía, ejercer el control ciudadano y diseñar política pública, sin comprometer el derecho a la protección de los datos personales de los ciudadanos.
Ley N° 28024 “Ley que regula la gestión de intereses en la administración pública”. (descargar)
D.L 1415 que modifica la Ley N° 28024. (descargar)
Decreto Supremo N° 120-2019-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28024 - Ley que regula la Gestión de Intereses en la Administración Pública. (descargar)
Resolución de Secretaría de Integridad Pública Directiva Nº 001-2022-PCM/SIP, “Lineamientos para asegurar la integridad y transparencia en las gestiones de intereses y otras actividades a través del Registro de Visitas en Línea y Registro de Agendas Oficiales” (descargar)
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE INTEGRIDAD PÚBLICA N° 004-2023-PCM/SIP, que modifica los numerales 5.1.3 y 5.1.4 de la Directiva N° 001-2022-PCM/SIP. (descargar)
e. Registro de agendas oficiales
Son los registros públicos de las actividades y reuniones de los funcionarios públicos con capacidad de decisión, especialmente aquellas que se realizan fuera de la sede institucional. Estas agendas buscan garantizar la transparencia y la integridad en la gestión pública, permitiendo a los ciudadanos conocer cómo se toman las decisiones y con quién interactúan los servidores públicos
Ley N° 28024 “Ley que regula la gestión de intereses en la administración pública”. (descargar)
D.L 1415 que modifica la Ley N° 28024. (descargar)
Decreto Supremo N° 120-2019-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28024 - Ley que regula la Gestión de Intereses en la Administración Pública. (descargar)
Resolución de Secretaría de Integridad Pública Directiva Nº 001-2022-PCM/SIP, “Lineamientos para asegurar la integridad y transparencia en las gestiones de intereses y otras actividades a través del Registro de Visitas en Línea y Registro de Agendas Oficiales” (descargar)
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE INTEGRIDAD PÚBLICA N° 004-2023-PCM/SIP, que modifica los numerales 5.1.3 y 5.1.4 de la Directiva N° 001-2022-PCM/SIP. (descargar)
f. Rendición de cuentas
Rendición de Cuentas es un marco integral diseñado para garantizar la transparencia, la participación ciudadana y la responsabilidad en la gestión pública.
Directiva N° 015-2016-CG/GPROD, rendición de cuentas de los titulares de las entidades, aprobada con resolución de Contraloría Nro. 159-2016-CG (descargar)
Este componente se orienta a garantizar el cumplimiento de la publicación de información en el Portal de Transparencia Estándar (PTE), así como a asegurar el acceso oportuno y adecuado a la información pública. Del mismo modo, contribuye a la consolidación del modelo de Gobierno Abierto, promoviendo la participación y colaboración ciudadana en la toma de decisiones y legitimando la gestión de los recursos públicos mediante un uso transparente, eficiente y responsable.
a. Portal de transparencia estandar
Datos generales Información sobre el directorio de los funcionarios públicos, las leyes, reglamentos y demás disposiciones legales que rigen y emiten las entidades.
Planeamiento y organización Información sobre los instrumentos de gestión, planes y políticas, que regulan las actividades de la entidad.
Presupuesto Información sobre ingresos y gastos de las entidades.
Proyectos de Inversión e Infobras Información sobre los proyectos de inversión y obras públicas de la entidad, así como su ejecución.
Participación ciudadana Información sobre los mecanismos y espacios de participación ciudadana establecidos por la entidad, como consejos consultivos, audiencias públicas y buzones de sugerencias.
Personal Información del personal de la entidad, contratado bajo cualquier modalidad, como aquella relacionada a las remuneraciones, las Declaraciones Juradas de ingresos, bienes y rentas, y la Declaración Jurada de intereses.
Contratación de bienes y servicios Información sobre las compras estatales, como pasajes y viáticos, uso de vehículos, publicidad, entre otros.
Actividades oficiales Información sobre la agenda institucional del titular de la entidad y de la Alta Dirección, así como comunicados, informes oficiales o notas de prensa.
Acceso a la Información Pública Formato de solicitud de acceso a la información en formato descargable, formulario virtual u otros mecanismos.
Registro de visitas Datos de los visitantes a los funcionarios públicos, tales como día, hora y motivo de visita.
Información focalizada Información especializada que no está comprendida en los otros rubros. Se puede publicar por una obligación legal o como buena práctica.
a) Ley N° 27806 de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 007-2024-JUS.
b) Lineamiento para la Implementación y Actualización del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública, aprobado con Resolución Directoral N.º 11-2021-JUS/DGTAIPD
c) Ley N° 28024, Ley que regula la gestión de intereses en la administración pública, aprobado por Decreto Supremo N° 120-2019-PCM
b. Acceso a la información pública
El acceso a la información pública es el derecho que tiene toda persona a solicitar y recibir información que está en poder del Estado, sin necesidad de expresar motivo o interés particular. Este derecho permite conocer cómo actúan las entidades públicas, en qué gastan los recursos y cómo toman decisiones que afectan a la sociedad.
c. Datos Abiertos
Son datos gubernamentales, en formato digital, estandarizados, comparables, accesibles desde internet que tienen el potencial de ser útiles para crear aplicaciones, realizar investigación, analizar oportunidades de negocio, desarrollar la economía, ejercer el control ciudadano y diseñar política pública, sin comprometer el derecho a la protección de los datos personales de los ciudadanos.
Decreto Legislativo Nº 1412 (Ley de Gobierno Digital): Define el marco general para la gestión de datos y la transformación digital del Estado peruano. (descargar)
Decreto Supremo 029-2021-PCM: Regula el Decreto Legislativo Nº 1412 y establece las disposiciones específicas para la implementación de la Ley de Gobierno Digital, incluyendo los lineamientos para la apertura de datos. (descargar)
Decreto de Urgencia 007-2020: Declara a los datos como activos estratégicos, reconociendo su importancia para el desarrollo del país y la toma de decisiones informadas. (descargar)
d. Registro de visitas en línea
Son datos gubernamentales, en formato digital, estandarizados, comparables, accesibles desde internet que tienen el potencial de ser útiles para crear aplicaciones, realizar investigación, analizar oportunidades de negocio, desarrollar la economía, ejercer el control ciudadano y diseñar política pública, sin comprometer el derecho a la protección de los datos personales de los ciudadanos.
Ley N° 28024 “Ley que regula la gestión de intereses en la administración pública”. (descargar)
D.L 1415 que modifica la Ley N° 28024. (descargar)
Decreto Supremo N° 120-2019-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28024 - Ley que regula la Gestión de Intereses en la Administración Pública. (descargar)
Resolución de Secretaría de Integridad Pública Directiva Nº 001-2022-PCM/SIP, “Lineamientos para asegurar la integridad y transparencia en las gestiones de intereses y otras actividades a través del Registro de Visitas en Línea y Registro de Agendas Oficiales” (descargar)
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE INTEGRIDAD PÚBLICA N° 004-2023-PCM/SIP, que modifica los numerales 5.1.3 y 5.1.4 de la Directiva N° 001-2022-PCM/SIP. (descargar)
e. Registro de agendas oficiales
Son los registros públicos de las actividades y reuniones de los funcionarios públicos con capacidad de decisión, especialmente aquellas que se realizan fuera de la sede institucional. Estas agendas buscan garantizar la transparencia y la integridad en la gestión pública, permitiendo a los ciudadanos conocer cómo se toman las decisiones y con quién interactúan los servidores públicos
Ley N° 28024 “Ley que regula la gestión de intereses en la administración pública”. (descargar)
D.L 1415 que modifica la Ley N° 28024. (descargar)
Decreto Supremo N° 120-2019-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28024 - Ley que regula la Gestión de Intereses en la Administración Pública. (descargar)
Resolución de Secretaría de Integridad Pública Directiva Nº 001-2022-PCM/SIP, “Lineamientos para asegurar la integridad y transparencia en las gestiones de intereses y otras actividades a través del Registro de Visitas en Línea y Registro de Agendas Oficiales” (descargar)
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE INTEGRIDAD PÚBLICA N° 004-2023-PCM/SIP, que modifica los numerales 5.1.3 y 5.1.4 de la Directiva N° 001-2022-PCM/SIP. (descargar)
f. Rendición de cuentas
Rendición de Cuentas es un marco integral diseñado para garantizar la transparencia, la participación ciudadana y la responsabilidad en la gestión pública.
Directiva N° 015-2016-CG/GPROD, rendición de cuentas de los titulares de las entidades, aprobada con resolución de Contraloría Nro. 159-2016-CG (descargar)