Responsabilidades

De acuerdo con el Numeral 6.5, Disposiciones Generales de la Directiva N° 006-2019-CG/INTEG “Implementación del Sistema de Control Interno en las Entidades del Estado” son responsables de su implementación:

Titular de la entidad

Funciones:

a. Participar en la priorización de los productos que serán incluidos en el SCI, y aprobar los mismos.

b. Revisar y aprobar los documentos que le remitan en aplicación de la presente Directiva.

c. Solicitar a la Contraloría, los accesos al aplicativo informático del SCI.

d. Ejecutar las acciones que aseguren el registro, en el aplicativo informático del SCI, de la información y los documentos establecidos en la presente Directiva.

e. Utilizar la información del SCI para la toma de decisiones.

f. Establecer las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Directiva.

Órgano o unidad orgánica responsable de la implementación del Sistema de Control Interno

Funciones:

a. Dirigir y supervisar la implementación del SCI.

b. Coordinar con otros órganos o unidades orgánicas que participan en la implementación del SCI las acciones de planificación, ejecución, seguimiento y evaluación del SCI, establecidas en la presente Directiva.

c. Registrar en el aplicativo informático del SCI, la información y documentos establecidos en la presente Directiva y remitirlos al Titular de la entidad.

d. Capacitar a las demás unidades orgánicas, en materia de control interno.

En nuestra entidad, la Unidad responsable de la implementación del Sistema de Control Interno (SCI) es la Unidad Funcional de Control Interno e Integridad Institucional, conforme a lo establecido en los incisos n), o), p) y q) de la Resolución de Consejo Universitario N.° 3251-2023-UNHEVAL.

Otros órganos o unidades orgánicas que participan en la implementación del Sistema de Control Interno

Funciones:

a. Coordinar con el Órgano o Unidad Orgánica responsable de la implementación del SCI, la ejecución de las acciones necesarias para la implementación del SCI.

b. Proporcionar la información y documentos requeridos por el Órgano o Unidad Orgánica responsable de la implementación del SCI, necesaria para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Directiva.

c. Disponer que los funcionarios o servidores públicos, con mayor conocimiento y experiencia sobre la operatividad de los productos priorizados o áreas de soporte, participen en las acciones necesarias para dar cumplimiento de lo dispuesto en la presente Directiva.

Responsabilidades

De acuerdo con el Numeral 6.5, Disposiciones Generales de la Directiva N° 006-2019-CG/INTEG “Implementación del Sistema de Control Interno en las Entidades del Estado” son responsables de su implementación:

Titular de la entidad

Funciones:

a. Participar en la priorización de los productos que serán incluidos en el SCI, y aprobar los mismos.

b. Revisar y aprobar los documentos que le remitan en aplicación de la presente Directiva.

c. Solicitar a la Contraloría, los accesos al aplicativo informático del SCI.

d. Ejecutar las acciones que aseguren el registro, en el aplicativo informático del SCI, de la información y los documentos establecidos en la presente Directiva.

e. Utilizar la información del SCI para la toma de decisiones.

f. Establecer las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Directiva.

Órgano o unidad orgánica responsable de la implementación del Sistema de Control Interno

Funciones:

a. Dirigir y supervisar la implementación del SCI.

b. Coordinar con otros órganos o unidades orgánicas que participan en la implementación del SCI las acciones de planificación, ejecución, seguimiento y evaluación del SCI, establecidas en la presente Directiva.

c. Registrar en el aplicativo informático del SCI, la información y documentos establecidos en la presente Directiva y remitirlos al Titular de la entidad.

d. Capacitar a las demás unidades orgánicas, en materia de control interno.

En nuestra entidad, la Unidad responsable de la implementación del Sistema de Control Interno (SCI) es la Unidad Funcional de Control Interno e Integridad Institucional, conforme a lo establecido en los incisos n), o), p) y q) de la Resolución de Consejo Universitario N.° 3251-2023-UNHEVAL.

Otros órganos o unidades orgánicas que participan en la implementación del Sistema de Control Interno

Funciones:

a. Coordinar con el Órgano o Unidad Orgánica responsable de la implementación del SCI, la ejecución de las acciones necesarias para la implementación del SCI.

b. Proporcionar la información y documentos requeridos por el Órgano o Unidad Orgánica responsable de la implementación del SCI, necesaria para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Directiva.

c. Disponer que los funcionarios o servidores públicos, con mayor conocimiento y experiencia sobre la operatividad de los productos priorizados o áreas de soporte, participen en las acciones necesarias para dar cumplimiento de lo dispuesto en la presente Directiva.