7- SÉPTIMO PROCEDIMIENTO

OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE SEGUNDA ESPECIALIDAD PROFESIONAL EN EDUCACIÓN

(RESOLUCIÓN RECTORAL N°1204-UNHEVAL - PÁGINA …)

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:

El título de segunda especialidad profesional es el reconocimiento que se obtiene luego de haber aprobado una tesis o trabajo académico. Para obtener el título de segunda especialidad profesional se requiere de licenciatura u otro títuloequivalente. En este procedimiento administrativo los egresados de la Segunda Especialidad Profesional; luego de haber aprobado la sustentación de la tesis o de un trabajo académico, solicitan la  emisión  del diploma de Titulo de Segunda Especialidad Profesional.

NOTA 1: El trámite es presentado de manera individual por cada integrantes de la tesis y debe ser presentado en forma presencial en la oficina del Programa de Segunda Especialidad en Educación.

REQUISITOS:

DOCUMENTOS EN FÍSICO:

  • Solicitud, dirigido al Coordinador General del Centro Generador de Servicios Académicos de Educación, solicitando optar el título de Segunda Especialidad Profesional.
  • Para egresados de institutos pedagógicos: Copia del Título Pedagógico fedateado por la Dirección Regional de Educación.
  • Declaración Jurada simple de no tener antecedentes policiales, penales ni judiciales, con los datos personales completos, número de DNI debajo, con firma legible y huella digital.
  • Dos (02) fotografías actualizadas de frente, tamaño pasaporte (ALTO de cero a 4.5 cm y ANCHO de cero a 3.5 cm), a colores, en fondo blanco, con terno azul presidente o negro, camisa o blusa blanca, sin lentes, presentar en un sobre transparente.
  • Disco óptico de la tesis o trabajo académico, según corresponda, (archivo PDF editable y Word), con el logo de la UNHEVAL de la de la Facultad correspondiente.
  • Haber pagado el derecho de trámite por concepto de título de segunda especialidad profesional; debiendo precisar el número de recibo y la fecha de pago para su verificación.
ENTIDAD FINANCIERACONCEPTO DE PAGOCÓDIGO DE PAGOMONTO A PAGAR

BANCO DE LA NACIÓN

TITULO II ESPECIALIZACION75S/1,100.00

SCOTIABANK

TITULO II ESPECIALIZACION190S/1,100.00
  • Como egresado del Programa de Segunda Especialidad, adjuntar la CONSTANCIA DE ACTUALIZACIÓN DE DATOS DE EGRESADOS VALDIZANOS.

Link del Sistema

https://egresados.unheval.edu.pe/login

Manual de usuario

https://acortar.link/nvscxV

  • Constancia de No Adeudo, lo puede solicitar de manera presencial en el pabellón central Bloque B - tercer piso (oficina de Diprobsa); si el trámite lo va a realizar de manera virtual, enviar por medio de un mensaje los siguientes datos (apellidos y nombres, DNI, mención, periodo de estudios) al correo diprobsa@unheval.edu.pe
  • Formulario de ETNIAS debidamente rellenado - Referencia al  OFICIO CIRCULAR N° 000005-2025-UNHEVAL-UGT. El formato se completa y/o genera dentro de su sistema de intranet en el módulo Variable Étnica.
  • Adjuntar la Constancia de Similitud y el reporte de antiplagio (resumen y descripción general de fuentes) con los datos completos de la tesis o trabajo académico, dicho documento es expedido y remitido por el directo de la Unidad de Investigación de la Facultad.

NOTA 2:

1.- Es responsabilidad de la Coordinación General del CEGESA de la Facultad la revisión general del contenido del expediente, y de la Comisión de Grados y Títulos de la Facultad la revisión específica del contenido del expediente en mención para emitir la conformidad a través de un informe.

2.- El expediente será remitido a la Comisión de Grados y Títulos de la Facultad para que, en unplazo máximo de tres (03) días hábiles, emita su pronunciamiento si el interesado cumple con los requisitos establecidos.

3.- Con el informe favorable de la Comisión de Grados y Títulos de la FAcultad, el decano deriva el expediente al Consejo de Facultad para su aprobación mediante resolución; luego será derivada, con un plazo máximo de cinco (05) días hábiles a la realización de Consejo Universitario, a la Unidad de Grados y Títulos para su verificación.

4.- Los expedientes aptos serán elevados al Vicerrectorado Académico y con opinión favorable será derivado al Rectorado y finalmente al Consejo Universitario para que se confiera el título de segunda especialidad profesional.

DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO:

OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE SEGUNDA ESPECIALIDAD PROFESIONAL EN EDUCACIÓN

(RESOLUCIÓN RECTORAL N°1204-UNHEVAL - PÁGINA …)

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:

El título de segunda especialidad profesional es el reconocimiento que se obtiene luego de haber aprobado una tesis o trabajo académico. Para obtener el título de segunda especialidad profesional se requiere de licenciatura u otro títuloequivalente. En este procedimiento administrativo los egresados de la Segunda Especialidad Profesional; luego de haber aprobado la sustentación de la tesis o de un trabajo académico, solicitan la  emisión  del diploma de Titulo de Segunda Especialidad Profesional.

NOTA 1: El trámite es presentado de manera individual por cada integrantes de la tesis y debe ser presentado en forma presencial en la oficina del Programa de Segunda Especialidad en Educación.

REQUISITOS:

DOCUMENTOS EN FÍSICO:

  • Solicitud, dirigido al Coordinador General del Centro Generador de Servicios Académicos de Educación, solicitando optar el título de Segunda Especialidad Profesional.
  • Para egresados de institutos pedagógicos: Copia del Título Pedagógico fedateado por la Dirección Regional de Educación.
  • Declaración Jurada simple de no tener antecedentes policiales, penales ni judiciales, con los datos personales completos, número de DNI debajo, con firma legible y huella digital.
  • Dos (02) fotografías actualizadas de frente, tamaño pasaporte (ALTO de cero a 4.5 cm y ANCHO de cero a 3.5 cm), a colores, en fondo blanco, con terno azul presidente o negro, camisa o blusa blanca, sin lentes, presentar en un sobre transparente.
  • Disco óptico de la tesis o trabajo académico, según corresponda, (archivo PDF editable y Word), con el logo de la UNHEVAL de la de la Facultad correspondiente.
  • Haber pagado el derecho de trámite por concepto de título de segunda especialidad profesional; debiendo precisar el número de recibo y la fecha de pago para su verificación.
ENTIDAD FINANCIERACONCEPTO DE PAGOCÓDIGO DE PAGOMONTO A PAGAR

BANCO DE LA NACIÓN

TITULO II ESPECIALIZACION75S/1,100.00

SCOTIABANK

TITULO II ESPECIALIZACION190S/1,100.00
  • Como egresado del Programa de Segunda Especialidad, adjuntar la CONSTANCIA DE ACTUALIZACIÓN DE DATOS DE EGRESADOS VALDIZANOS.

Link del Sistema

https://egresados.unheval.edu.pe/login

Manual de usuario

https://acortar.link/nvscxV

  • Constancia de No Adeudo, lo puede solicitar de manera presencial en el pabellón central Bloque B - tercer piso (oficina de Diprobsa); si el trámite lo va a realizar de manera virtual, enviar por medio de un mensaje los siguientes datos (apellidos y nombres, DNI, mención, periodo de estudios) al correo diprobsa@unheval.edu.pe
  • Formulario de ETNIAS debidamente rellenado - Referencia al  OFICIO CIRCULAR N° 000005-2025-UNHEVAL-UGT. El formato se completa y/o genera dentro de su sistema de intranet en el módulo Variable Étnica.
  • Adjuntar la Constancia de Similitud y el reporte de antiplagio (resumen y descripción general de fuentes) con los datos completos de la tesis o trabajo académico, dicho documento es expedido y remitido por el directo de la Unidad de Investigación de la Facultad.

NOTA 2:

1.- Es responsabilidad de la Coordinación General del CEGESA de la Facultad la revisión general del contenido del expediente, y de la Comisión de Grados y Títulos de la Facultad la revisión específica del contenido del expediente en mención para emitir la conformidad a través de un informe.

2.- El expediente será remitido a la Comisión de Grados y Títulos de la Facultad para que, en unplazo máximo de tres (03) días hábiles, emita su pronunciamiento si el interesado cumple con los requisitos establecidos.

3.- Con el informe favorable de la Comisión de Grados y Títulos de la FAcultad, el decano deriva el expediente al Consejo de Facultad para su aprobación mediante resolución; luego será derivada, con un plazo máximo de cinco (05) días hábiles a la realización de Consejo Universitario, a la Unidad de Grados y Títulos para su verificación.

4.- Los expedientes aptos serán elevados al Vicerrectorado Académico y con opinión favorable será derivado al Rectorado y finalmente al Consejo Universitario para que se confiera el título de segunda especialidad profesional.

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