LUGAR, FECHA Y HORA PARA EL ACTO DE SUSTENTACIÓN DE TESIS POR SEGUNDA OPORTUNIDAD

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:

Es el procedimiento mediante el cual el decano emite la resolución fijando el lugar, fecha y hora para el acto de sustentación por segunda oportunidad para la defensa del contenido del borrador de tesis, ante las dudas y preguntas planteadas por el jurado evaluador con el objetivo dar a conocer los puntos más importantes de la investigación y demostrar la apropiación que tiene el autor acerca del tema investigado. La sustentación se lleva a cabo en acto público presencial en el lugar, fecha y hora previamente señalados. 

REQUISITOS:

ARCHIVO N°01 (FORMATO PDF):

  • Solicitud (debe contener los datos y firmas de todos los integrantes de la tesis), dirigido al Coordinador General del Centro Generador de Servicios Académicos de Educación, pidiendo se fije lugar, fecha y hora para el acto de sustentación de tesis.
  • Acta de sustentación (donde desaprueba la sustentación).
  • Pago por derecho de sustentación (S/500 para el pago a los miembros de los jurados para programar la fecha y hora de sustentación).
ENTIDAD FINANCIERACONCEPTO DE PAGOCÓDIGO DE PAGOMONTO A PAGAR

BANCO DE LA NACIÓN

INSCRIPCIÓN 2DA ESP EDUCACION

290S/500.00

SCOTIABANK

INSCRIPCIÓN 2DA ESP EDUCACION

415S/500.00

ARCHIVO N°02 (FORMATO PDF):

  • Un (01) ejemplar en archivo PDF si fuera virtual la sustentación, caso contrario tres (03) ejemplares en físico de la Tesis (la estructura de la caratula y de la tesis debe ser en base al reglamento de grados y títulos).

*Enviar los requisitos al correo: segundaespecialidad@unheval.edu.pe

NOTAS:

1.- El decano emite la resolución fijando el lugar, fecha y hora para la sustentación del borrador de tesis, según corresponda en acto público, dando a conocer este hecho, en un lugar visible o en la página web de la facultad, a la comunidad en general.

2. La sustentación de tesis es la defensa del contenido del borrador de tesis, ante las dudas y preguntas planteadas por el jurado evaluador; así mismo, tiene como objetivo dar a conocer los puntos más importantes de la investigación y demostrar la apropiación que tiene el autor acerca del tema investigado. Para la sustentación, el interesado debe tener la condición de egresado de la segunda especialidad profesional.

3. La sustentación se lleva a cabo en acto público presencial en el lugar, fecha y hora previamente señalados en la correspondiente resolución; además el egresado debe hacer entrega de tres (03) ejemplares de la tesis en copia simple al momento de la sustentación, con la finalidad de que el jurado evaluador lleve la secuencialidad de la defensa de tesis.

4. Para esta modalidad es obligatoria la participación del asesor de tesis, con derecho a voz. El (los) sustentante (s) debe (n) exponer oralmente el contenido de la tesis y absolver las preguntas que les formulen los integrantes del jurado evaluador.

5. Para que la tesis sea aprobada, el sustentante debe tener nota aprobatoria mínima de catorce (14) del promedio de los integrantes del jurado evaluador.

6. Los promedios menores a catorce (14) se consideran DESAPROBADOS con el calificativo DEFICIENTE. De catorce (14) hasta dieciséis (16), APROBADO con el calificativo de BUENO. Las notas promedio de diecisiete (17) y dieciocho (18) se califica MUY BUENO; y con las notas promedio de diecinueve (19) y veinte (20), con el calificativo de EXCELENTE y la recomendación de publicarse.

7. Concluido el proceso de sustentación el jurado evaluador informa al Coordinador General del CEGESA de la Facultad y al sustentante sobre el resultado de la sustentación, remitiendo el acta correspondiente. Las actas de sustentación son llenadas y firmadas por los integrantes del jurado evaluador.

8. En caso de ser desaprobado la sustentación de tesis, el sustentante debe presentarse solo a una nueva sustentación en el plazo no menor de un (01) mes ni mayor de cuatro (04) meses, desde la fecha de la primera sustentación, para lo cual debe presentar una solicitud dirigida al decano pidiendo se fije lugar, fecha y hora para el acto de una nueva sustentación. Si volviera a desaprobar, el sustentante tiene que optar por una nueva tesis.

9. En caso de que el egresado no sustentara en la hora y fecha prevista, tiene un plazo máximo de un (01) año, a partir de la fecha de la resolución emitida, para solicitar nueva fecha de sustentación. De no ser presentado en el plazo establecido se procede a anular la tesis.

LUGAR, FECHA Y HORA PARA EL ACTO DE SUSTENTACIÓN DE TESIS POR SEGUNDA OPORTUNIDAD

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:

Es el procedimiento mediante el cual el decano emite la resolución fijando el lugar, fecha y hora para el acto de sustentación por segunda oportunidad para la defensa del contenido del borrador de tesis, ante las dudas y preguntas planteadas por el jurado evaluador con el objetivo dar a conocer los puntos más importantes de la investigación y demostrar la apropiación que tiene el autor acerca del tema investigado. La sustentación se lleva a cabo en acto público presencial en el lugar, fecha y hora previamente señalados. 

REQUISITOS:

ARCHIVO N°01 (FORMATO PDF):

  • Solicitud (debe contener los datos y firmas de todos los integrantes de la tesis), dirigido al Coordinador General del Centro Generador de Servicios Académicos de Educación, pidiendo se fije lugar, fecha y hora para el acto de sustentación de tesis.
  • Acta de sustentación (donde desaprueba la sustentación).
  • Pago por derecho de sustentación (S/500 para el pago a los miembros de los jurados para programar la fecha y hora de sustentación).
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415S/500.00

ARCHIVO N°02 (FORMATO PDF):

  • Un (01) ejemplar en archivo PDF si fuera virtual la sustentación, caso contrario tres (03) ejemplares en físico de la Tesis (la estructura de la caratula y de la tesis debe ser en base al reglamento de grados y títulos).

*Enviar los requisitos al correo: segundaespecialidad@unheval.edu.pe

NOTAS:

1.- El decano emite la resolución fijando el lugar, fecha y hora para la sustentación del borrador de tesis, según corresponda en acto público, dando a conocer este hecho, en un lugar visible o en la página web de la facultad, a la comunidad en general.

2. La sustentación de tesis es la defensa del contenido del borrador de tesis, ante las dudas y preguntas planteadas por el jurado evaluador; así mismo, tiene como objetivo dar a conocer los puntos más importantes de la investigación y demostrar la apropiación que tiene el autor acerca del tema investigado. Para la sustentación, el interesado debe tener la condición de egresado de la segunda especialidad profesional.

3. La sustentación se lleva a cabo en acto público presencial en el lugar, fecha y hora previamente señalados en la correspondiente resolución; además el egresado debe hacer entrega de tres (03) ejemplares de la tesis en copia simple al momento de la sustentación, con la finalidad de que el jurado evaluador lleve la secuencialidad de la defensa de tesis.

4. Para esta modalidad es obligatoria la participación del asesor de tesis, con derecho a voz. El (los) sustentante (s) debe (n) exponer oralmente el contenido de la tesis y absolver las preguntas que les formulen los integrantes del jurado evaluador.

5. Para que la tesis sea aprobada, el sustentante debe tener nota aprobatoria mínima de catorce (14) del promedio de los integrantes del jurado evaluador.

6. Los promedios menores a catorce (14) se consideran DESAPROBADOS con el calificativo DEFICIENTE. De catorce (14) hasta dieciséis (16), APROBADO con el calificativo de BUENO. Las notas promedio de diecisiete (17) y dieciocho (18) se califica MUY BUENO; y con las notas promedio de diecinueve (19) y veinte (20), con el calificativo de EXCELENTE y la recomendación de publicarse.

7. Concluido el proceso de sustentación el jurado evaluador informa al Coordinador General del CEGESA de la Facultad y al sustentante sobre el resultado de la sustentación, remitiendo el acta correspondiente. Las actas de sustentación son llenadas y firmadas por los integrantes del jurado evaluador.

8. En caso de ser desaprobado la sustentación de tesis, el sustentante debe presentarse solo a una nueva sustentación en el plazo no menor de un (01) mes ni mayor de cuatro (04) meses, desde la fecha de la primera sustentación, para lo cual debe presentar una solicitud dirigida al decano pidiendo se fije lugar, fecha y hora para el acto de una nueva sustentación. Si volviera a desaprobar, el sustentante tiene que optar por una nueva tesis.

9. En caso de que el egresado no sustentara en la hora y fecha prevista, tiene un plazo máximo de un (01) año, a partir de la fecha de la resolución emitida, para solicitar nueva fecha de sustentación. De no ser presentado en el plazo establecido se procede a anular la tesis.


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