Emitida la resolución de aprobación de proyecto de tesis por el Decanato de la Facultad, el estudiante o egresado de la Segunda Especialidad Profesional procede a ejecutar su proyecto de tesis, el mismo que debe culminar con el borrador de tesis. Si no lo ejecuta en el plazo máximo de dieciocho (18) meses, debe presentar un nuevo proyecto de tesis, iniciándose nuevamente con el trámite correspondiente.
En caso de que no lo va a lograr ejecutar en el plazo establecido, el estudiante o egresado, en un plazo máximo de cinco (05) días hábiles antes de que se venza su proyecto puede solicitar al decano de la facultad, de manera excepcional y por única vez, un plazo adicional para la presentación del borrador de tesis (más detalles en el procedimiento de PLAZO ADICIONAL PARA LA PRESENTACIÓN DEL BORRADOR DE TESIS).
Emitida la resolución de aprobación de proyecto de tesis por el Decanato de la Facultad, el estudiante o egresado de la Segunda Especialidad Profesional procede a ejecutar su proyecto de tesis, el mismo que debe culminar con el borrador de tesis. Si no lo ejecuta en el plazo máximo de dieciocho (18) meses, debe presentar un nuevo proyecto de tesis, iniciándose nuevamente con el trámite correspondiente.
En caso de que no lo va a lograr ejecutar en el plazo establecido, el estudiante o egresado, en un plazo máximo de cinco (05) días hábiles antes de que se venza su proyecto puede solicitar al decano de la facultad, de manera excepcional y por única vez, un plazo adicional para la presentación del borrador de tesis (más detalles en el procedimiento de PLAZO ADICIONAL PARA LA PRESENTACIÓN DEL BORRADOR DE TESIS).